Seguridad social

Subsidio por Incapacidad Laboral.

Resumen del criterio jurisprudencial

Subsidio por Incapacidad Laboral. La Contraloría General de la República no permite a las Corporaciones Municipales que rigen a sus trabajadores exclusivamente por el Código del Trabajo usar recursos públicos para anticipar el pago de subsidios por licencias médicas. Conforme a ello, se instruye a las Cajas de Compensación (C.C.A.F.) a poner fin a los convenios de pago de subsidio con dichas Corporaciones, a fin que los trabajadores afiliados a FONASA a solicitar sus subsidios directamente a la C.C.A.F. Esto no afecta a los trabajadores regidos por estatutos especiales (como docentes o personal de salud primaria municipal), quienes sí conservan el derecho a recibir el total de su remuneración durante la licencia médica.

Subsidio por incapacidad laboralFuncionario municipal

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.