Laboral

1) La Empresa Confecciones Sauer S.A., no se encuentra facultada para aplicar el sis­te…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 2000

Resumen

1) La Empresa Confecciones Sauer S.A., no se encuentra facultada para aplicar el sis­tema de minutaje que se con­templa en la cláusula segunda del contrato colectivo vigente a los trabajadores afectos a dicho instru­mento, en tanto no de cumplimiento a las condi­ciones que conforme a dicha estipulación resultan necesa­rias para su establecimiento. 2) El pacto individual cele­brado entre la misma empresa y los aludi­dos traba­jadores, en virtud del cual se reem­plaza el sistema remuneracio­nal a trato, por el de minutaje, no resul­ta jurídicamente proce­dente, por cuanto vulnera las disposiciones contenidas en el artículo 311 del Código del Trabajo.

Normas citadas

  • Código del Trabajo
  • Artículo 311 del Código del Trabajo

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