Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Subsecretaría de Justicia, teniéndose por entregado lo requerido de manera extemporánea, referente a la entrega de copia del documento mediante la cual se instruye a las Seremis Regionales de Justicia exigir como requisito a las empresas formadoras de Mediadores Familiares ser Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) para poder formar mediadores que luego puedan postular al Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Lo anterior, por cuanto, con ocasión de sus descargos, el organismo proporcionó acceso a la información que obraba en su poder sobre la materia consultada.