Resumen del criterio jurisprudencial
Si la liquidación de alimentos no ha sido objetada ni pagados, procede el apercibimiento de arresto, arraigo nacional y suspensión de licencia de conducir del deudor.
Si la liquidación de alimentos no ha sido objetada ni pagados, procede el apercibimiento de arresto, arraigo nacional y suspensión de licencia de conducir del deudor.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.