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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra el Hospital San Pablo…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra el Hospital San Pablo de Coquimbo, por la negativa a entregar información sobre los funcionarios desde el grado de subdirector hasta el nivel de jefe de sección. Los datos requeridos corresponden al nivel jerárquico, la asignación de responsabilidad, el cargo concursado o por designación, el personal con dependencia directa o indirecta, el presupuesto con administración directa y el área del hospital. El Consejo consideró que la información obra en poder de la institución y no se encuentra publicada en su Portal de Transparencia Activa. En consecuencia, ordenó al establecimiento entregar los datos en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento legal, y acreditar su entrega ante el organismo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un hospital público debe entregar información sobre su personal directivo y jerárquico si no la tiene publicada en su Portal de Transparencia Activa?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y ordenó al Hospital San Pablo de Coquimbo entregar datos sobre funcionarios desde subdirector a jefe de sección, porque la información obraba en su poder y no estaba publicada en su Portal de Transparencia Activa.

¿Cuál es el plazo para cumplir una orden del Consejo para la Transparencia de entregar información a un organismo público?

En este caso, el Consejo fijó un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento legal, y exigió acreditar la entrega ante el organismo.

¿Cómo se puede impugnar una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación de la decisión.

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