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El Consejo para la Transparencia resolvió un reclamo por infracción a las normas de tra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado por un ciudadano en contra del Servicio Local de Educación Pública de Valparaíso. El reclamo se acogió. El Consejo ordenó al director ejecutivo del servicio publicar en su sitio web de transparencia activa la información correspondiente al ítem de actos y resoluciones con efectos sobre terceros, en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 47 de la Ley de Transparencia. Además, debe acreditar el cumplimiento ante el Consejo, y su Dirección de Fiscalización debe hacer seguimiento. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de quince días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.862
  • Código del Trabajo
  • D.S. N° 13
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.F.L. N° 1
  • Oficio N° 252
reclamoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué debe hacer un servicio público si el Consejo para la Transparencia acoge un reclamo por incumplimiento de la transparencia activa?

En este caso, el Consejo acogió un reclamo contra el Servicio Local de Educación Pública de Valparaíso y ordenó publicar en su sitio web la información del ítem de actos y resoluciones con efectos sobre terceros, en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada. Debe además acreditar ese cumplimiento ante el Consejo.

¿Qué consecuencias puede tener para el director de un servicio el incumplimiento de una orden del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo advirtió al director ejecutivo que el incumplimiento se sancionará bajo apercibimiento del artículo 47 de la Ley de Transparencia. Además, su Dirección de Fiscalización debe hacer seguimiento del cumplimiento.

¿Contra qué resoluciones del Consejo para la Transparencia procede reclamo de ilegalidad y en qué plazo?

En este caso, contra la decisión del Consejo procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de quince días corridos desde la notificación. El resumen no detalla otros supuestos de procedencia.

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