Administrativo

No se advierten reproches en relación con el artículo 5° de la resolución exenta N° 1.3…

Resumen del criterio jurisprudencial

No se advierten reproches en relación con el artículo 5° de la resolución exenta N° 1.395, de 2020, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que establece disposiciones sobre el funcionamiento del roaming internacional a precio local entre la República de Chile y la República de Argentina. Se abstiene de emitir un pronunciamiento acerca las demás alegaciones que se formulan a esa resolución, por los motivos que se señalan.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.