Laboral

La obligación de pagar un sueldo base equivalente a un ingreso mínimo mensual solo oper…

Resumen del criterio jurisprudencial

La obligación de pagar un sueldo base equivalente a un ingreso mínimo mensual solo opera respecto de las relaciones laborales en que se exija el cumplimiento de una jornada ordinaria de trabajo, sea ésta total o parcial. Sin embargo, el hecho de que estos trabajadores no tengan derecho a un sueldo, no los priva de su derecho al ingreso mínimo legal, por lo cual, la remuneración total percibida no puede ser inferior al ingreso mínimo legal.

RemuneraciónIngreso mínimo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.