Administrativo

El personal que trabaja en casas de huéspedes del servicio de bienestar del Ejército de…

Resumen del criterio jurisprudencial

El personal que trabaja en casas de huéspedes del servicio de bienestar del Ejército de Chile se enmarca en la situación prevista por el numeral 2 del artículo 38 del Código del Trabajo, en lo que se refiere a la regulación del descanso dominical.

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