Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por una funcionaria en contra de la Municipalidad de Coquimbo, que había negado el acceso a sus evaluaciones anuales de desempeño correspondientes a los años 2013 a 2019, cuando trabajó en el departamento de Relaciones Públicas, Protocolo y Eventos, así como a su último contrato firmado. El Consejo acogió el amparo, por tratarse de información sobre el desempeño profesional de la propia requirente, y desestimó la aplicación de la causal de reserva del artículo 21 N°1 letra c) de la Ley de Transparencia. En consecuencia, ordenó al Alcalde entregar la documentación solicitada en un plazo de 20 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la ley, y acreditar la entrega ante el Consejo.