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La Cooperativa de Seguros Limitada Productores de Frutas Argentinas interpuso queja por…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2025

Resumen

La Cooperativa de Seguros Limitada Productores de Frutas Argentinas interpuso queja por recurso de inconstitucionalidad denegado ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. El tribunal intimó a la recurrente a integrar el depósito previo en un plazo de cinco días, bajo apercibimiento de desistimiento. Vencido el plazo sin que se acreditara el depósito, la mayoría del TSJ declaró desistido el recurso, considerando que el plazo es perentorio según jurisprudencia reiterada. Los jueces L.F.L.M.D.L. disintieron, argumentando que las Cámaras Nacionales deniegan sistemáticamente los recursos de inconstitucionalidad sin realizar el análisis de admisibilidad exigido por la ley, por lo que exigir el depósito en tales condiciones constituye un ritualismo excesivo que afecta el debido proceso. La disidencia propuso diferir la obligación del depósito hasta que se notifique la sentencia que rechaza la queja. Finalmente, por mayoría, se declaró desistido el recurso y se ordenó la remisión a la instancia de origen.

Normas citadas

  • Art. 3 de la ley n° 327
  • Art. 34 de la ley n° 402
  • Art. 27 de la ley n° 402
  • Art. 28 de la ley n° 402
queja por recurso de inconstitucionalidaddepósito previodesistimientoplazo perentorioanálisis de admisibilidadritualismo excesivodebido procesotutela judicial efectiva

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