Resumen del criterio jurisprudencial
El recurso de protección fue interpuesto por abogados en favor de Eulises Alberto Rodríguez Sánchez, ciudadano venezolano, contra el Servicio Nacional de Migraciones y el Ministerio del Interior, por la demora en resolver su solicitud de carta de nacionalización presentada el 5 de junio de 2024. El recurrente alegó que la omisión vulneraba su derecho a la igualdad ante la ley, invocando el artículo 27 de la Ley N° 19.880 que establece un plazo máximo de seis meses para procedimientos administrativos. El Servicio informó que la solicitud estaba en etapa de asignación a la PDI y que el plazo no era fatal. El Ministerio señaló que la solicitud aún no llegaba a su etapa de resolución. La Corte rechazó el recurso, argumentando que la nacionalización es una gracia y no un derecho, y que el retardo no afectaba el estatus migratorio del recurrente, quien posee residencia definitiva. Hubo un voto disidente de la ministra Catalán, quien acogió el recurso solo respecto del Servicio Nacional de Migraciones, ordenando adoptar medidas en 30 días.