Resumen del criterio jurisprudencial
Cipriana Flores solicitó la regularización de derechos de aprovechamiento de aguas superficiales en dos vertientes (Totorane 3 y Jancovinto) en la comuna de Putre, para uso consuntivo y riego de bofedales de su ganado, alegando uso inmemorial como integrante de la Comunidad Indígena Aymara. La Junta de Vigilancia del Río Lluta se opuso, argumentando déficit hídrico y riesgo para sus asociados. La Dirección General de Aguas informó que no se pudo constatar el uso antiguo y sugirió caudales reducidos. El Segundo Juzgado de Letras de Arica rechazó la solicitud por falta de prueba del uso por cinco años, y la Corte de Apelaciones confirmó. La Corte Suprema, conociendo por casación en el fondo, acogió parcialmente la solicitud, ordenando inscribir los derechos por los caudales sugeridos por la DGA (2,27 y 1,09 L/s), y rechazó la oposición.