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Se dedujo acción constitucional de amparo en favor de Marilu Ledezma, ciudadana venezol…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se dedujo acción constitucional de amparo en favor de Marilu Ledezma, ciudadana venezolana, contra el Servicio Nacional de Migraciones por la Resolución Exenta N°2600100476198, de 17 de agosto de 2026, que rechazó su solicitud de residencia temporal, ordenó su abandono del país en treinta días y la prohibición de ingreso por cinco años. La amparada ingresó a Chile en 2022 con visa de residencia temporal por reunificación familiar y su hijo es titular de residencia definitiva. El 22 de noviembre de 2024 solicitó regularizar su situación, pero la autoridad envió requerimientos de antecedentes a un correo electrónico al que no tenía acceso efectivo. La resolución impugnada se fundó en la falta de certificado de antecedentes penales vigente, copia fiel e íntegra del certificado de nacimiento legalizada y el no pago de la sanción por residencia vencida, aunque la amparada afirma haber pagado $17.912 y contar actualmente con la documentación. El Servicio informó que la solicitud fue presentada en situación irregular y que no se cumplieron los requisitos pese a las notificaciones. La Corte consideró que no hubo una posibilidad real de subsanar observaciones y que la orden de abandono y prohibición de ingreso son desproporcionadas frente a una controversia documental, con arraigo familiar y antecedentes aptos para reevaluar. En consecuencia, acogió el amparo sin costas, dejó sin efecto la resolución y ordenó emitir un nuevo pronunciamiento ponderando todos los antecedentes.

Amparo art. 21 Constitución Política

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.