Resumen del criterio jurisprudencial
La Dirección General de Aguas dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que acogió las reclamaciones de los actores, dejando sin efecto las resoluciones que denegaron las reconsideraciones administrativas y excluyéndolos del listado de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patente por no uso. La Corte Suprema analizó el recurso de casación en la forma, desestimándolo por no configurarse la causal de ultra petita, y luego rechazó el recurso de fondo por falta de fundamento, confirmando la sentencia recurrida. La controversia se centró en la interpretación de los artículos 129 bis 5 y 129 bis 7 del Código de Aguas, relativos a la patente por no utilización de aguas y a la exención por imposibilidad jurídica de ejercer los derechos. La Corte Suprema consideró que la sentencia recurrida interpretó correctamente las normas, pues la imposibilidad jurídica es una cuestión previa a la material, y que la DGA debió apreciar tal condición en el procedimiento administrativo. En definitiva, se rechazaron ambos recursos de casación.