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Se acoge el amparo deducido contra la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tam…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo deducido contra la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño ordenándose la entrega de las actas de las juntas de la Cooperativa Domingo Ortiz de Rozas Ltda Alhué, de fechas 22 de junio y 13 de diciembre, ambas del año 2024, como asimismo, la ficha de datos de la Cooperativa. Lo anterior, por cuanto si bien el organismo accedió a complementar la información reclamada, no consta que aquella haya sido entregada, ni que se hubieren alegado la concurrencia de causales de secreto o circunstancias de hecho que ponderar en esta sede. Con todo, en el evento de no obrar esta información en poder del organismo dicha circunstancia se deberá explicar y acreditar pormenorizadamente en sede de cumplimiento, de conformidad a las normas aplicables en la especie. Previo a la entrega de la información en virtud del Principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia deberán tarjarse aquellos datos personales de contexto incorporados en la documentación requerida, ello en conformidad con lo dispuesto en la ley sobre protección de la vida privada y en cumplimiento de la atribución otorgada a este Consejo por la citada Ley de Transparencia.

amparoDecisión de FondoOtros

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.