Resumen
El tribunal tributario y aduanero, en procedimiento general de reclamación, resolvió mediante conciliación total, el reclamo interpuesto contra de la liquidación reclamada n° n°300400531 de fecha 22.06.2023, por un monto total de $23.483.998. en audiencia, las partes acuerdan una conciliación total, fundamentada en lo siguiente: -de la lectura de los antecedentes acompañados en la causa, la liquidación tiene como fundamento dos observaciones como son las b57 y g16. - la observación b57 se relaciona con diferencias entre lo declarado como crédito de impuesto de primera categoría utilizado en el ejercicio declarados en su formulario 22 y la suma de sus créditos y lo informado por terceros, a través de declaraciones juradas. - la observación g16 indica que, según los antecedentes que maneja el servicio de impuestos internos, el crédito por impuesto de primera categoría informado por la reclamante en su formulario 22, es mayor al crédito que corresponde por tal concepto según la información de terceros. la reclamante, presenta dividendos desde inmobiliaria gazzi s.a. por $20.544.680 con crédito de $4.544.680 y retiros desde inmobiliaria romara ltda. por un monto de $23.751.200 con crédito de $8.654.793, los que según la información de terceros no se encontraban observados, sin embargo, no se encontraban aportados los respectivos certificados. atendido que han sido aportados los documentos a fojas 44 y 44 vta. respectivamente, el tribunal conforme a lo dispuesto en los artículos 155 y 132 del código tributario, propuso una conciliación total con las siguientes bases de arreglo: “dejar sin efecto la liquidación n°300400531 de fecha 22.06.2023 atendido que los créditos observados se encuentran respaldados con los respectivos certificados entregados por terceros.” las partes debidamente representadas, con facultades suficientes, aceptaron las bases de arreglo propuestas