Resumen del criterio jurisprudencial
No procede compensar en dinero el feriado que no se utilizó antes del cese. Funcionaria que se encontraba con licencia médica al momento del entero de la cuota del año 2024 de la bonificación contenida en el artículo 4° de la ley N° 19.490, puede acceder a su pago, atendido que a la fecha de su reclamación no había transcurrido el plazo de 6 meses desde que se hizo exigible.