Resumen
La Contraloría General de la República resolvió que no procede reliquidar la pensión de retiro de un ex funcionario de la Fuerza Aérea de Chile desde la fecha de su licenciamiento. El recurrente, que se había retirado con 28 años, 5 meses y 2 días de servicios, solicitó en 2007 modificar su causal de cese a inutilidad de segunda clase por una enfermedad invalidante de carácter permanente. El dictamen explica que, según el artículo 164 del D.F.L. N° 1, de 1968, las pensiones que no se solicitan dentro del año desde que se hacen exigibles se pagan solo desde la fecha de la presentación. Conforme a la jurisprudencia administrativa, el plazo de un año comienza con el retiro, por lo que el pago corresponde desde la solicitud y no desde el retiro. Por ello, la Contraloría consideró ajustada a derecho la resolución que reliquidó la jubilación desde el 22 de junio de 2007.