Resumen del criterio jurisprudencial
El abogado del imputado interpuso una acción constitucional de amparo contra el Juzgado de Garantía de San Bernardo por una orden de detención dictada el 9 de diciembre de 2021, la cual se habría emitido sin que el imputado fuera debidamente notificado. El tribunal constató que la notificación fue negativa porque el domicilio consignado era incorrecto y que, por tanto, el imputado nunca fue emplazado. Además, se argumentó que la acción penal estaba prescrita, pues el delito de ocultamiento de placa patente prescribe a los cinco años según el artículo 95 del Código Penal y la única causa de suspensión es la formalización, que no se había producido. La Corte consideró que la falta de notificación válida y la prescripción hacen ilegal la orden de detención y, en consecuencia, la dejó sin efecto. Asimismo, se ordenó comunicar la decisión a los organismos pertinentes y se dejó abierta la posibilidad de continuar la causa.