Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente, José Catalán Albornoz, interpuso recurso de protección contra la Superintendencia de Seguridad Social por la resolución que confirmó el rechazo de 63 licencias médicas. Argumentó que padece múltiples enfermedades y que su médico tratante indicó reposo, pero la administración rechazó las licencias sin examinarlo personalmente. Señaló contradicción entre el rechazo de licencias y el otorgamiento de una pensión de invalidez transitoria con 57% de menoscabo y una credencial de discapacidad del 50%. La recurrida alegó extemporaneidad e improcedencia, y en cuanto al fondo, sostuvo que las licencias son para incapacidad temporal, mientras que la incapacidad permanente debe ser cubierta por pensiones. La Corte rechazó las excepciones de extemporaneidad e improcedencia, pero en cuanto al fondo, desestimó el recurso al considerar que la resolución impugnada se encontraba debidamente fundamentada y se ajustaba a la normativa. El tribunal concluyó que no hubo acto ilegal ni arbitrario que vulnerara garantías constitucionales.