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El tribunal cordobés revocó una sentencia de primera instancia y sostuvo que la prueba…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal cordobés revocó una sentencia de primera instancia y sostuvo que la prueba genética no es determinante por sí sola. El prolongado transcurso del tiempo y la conducta del actor consolidaron el estado filial.

La Cámara Civil de Río Cuarto rechazó la impugnación de un reconocimiento paterno realizado en 1996, revocando una sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la nulidad.El tribunal sostuvo que la prueba genética negativa no es determinante por sí sola: debe efectuarse una valoración integral de toda la prueba incorporada al proceso.La consolidación del estado filial mediante el transcurso del tiempo y la conducta del demandante impidió desconocer las consecuencias del reconocimiento voluntario realizado décadas atrás.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.