AdministrativoAcoge

Se acoge el amparo interpuesto en contra del Servicio Local de Educación Pública Atacam…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo interpuesto en contra del Servicio Local de Educación Pública Atacama, ordenando la entrega de la información correspondiente a conocer si el funcionario indicado se encuentra suspendido de sus funciones y, de ser así, detallar el período exacto de la suspensión, adjuntando la causa o documento administrativo que la respalda, incluyendo cualquier número de identificación o expediente correspondiente. Lo anterior, por cuanto, se advierte que la atención de la solicitud en los puntos reclamados no exige necesariamente la relevación del expediente de un procedimiento sumario que se encontraría en proceso y, aun aceptando hipotéticamente dicha premisa, no se configuraría la reserva dispuesta en el artículo 137, inciso segundo, del Estatuto Administrativo, y, en consecuencia, las causales de excepción del artículo 21, N°1, letra b), y N°2, de la Ley de Transparencia, toda vez que, el órgano reclamado no ha explicado ni acreditado debidamente cómo su publicidad podría poner en riesgo el éxito de la investigación ni los derechos de las personas, formulando alegaciones generales e hipotéticas. En virtud del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia, se deberán tarjar los datos personales de contexto que eventualmente se contengan en la información cuya entrega se ordena, ello, en conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre Protección de la Vida Privada.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.