Resumen del criterio jurisprudencial
La reclamante Aguas Cordillera S.A. presentó un reclamo contra el Servicio de Impuestos Internos por una tasación de bien raíz. El tribunal ordenó acompañar documentos fundantes, pero la reclamante no cumplió adecuadamente, presentando documentos que no se consideraron fundantes. Además, quien compareció en representación de la reclamante lo hizo en representación de Aguas Andinas S.A., persona jurídica distinta, careciendo de personería para actuar por Aguas Cordillera S.A. Por estos motivos, el tribunal hizo efectivo el apercibimiento y tuvo por no presentada la reclamación.