Seguridad social

Seguridad social: Cuidado personal, Derecho del padre, Permiso postnatal parental

Resumen del criterio jurisprudencial

Licencia Médica. Permiso Postanatal Parental Uso de por el padre. El artículo 200 del Código del Trabajo establece que una persona con el cuidado de un menor, por decisión judicial, tiene derecho al permiso postnatal parental del artículo 197 bis, debiendo adjuntar una declaración jurada de custodia y un certificado del tribunal que otorgó la tuición. Si el niño tiene menos de seis meses, también puede recibir un permiso y subsidio de doce semanas

Cuidado personalDerecho del padrePermiso postnatal parental

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.