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No procede aplicar el silencio negativo de la ley n° 19.880 en el caso de solicitudes d…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2013

Resumen

No procede aplicar el silencio negativo de la ley n° 19.880 en el caso de solicitudes de devolución de impuesto por pago provisional por utilidades absorbidas, toda vez que el artículo 59 del código tributario contempla un procedimiento especial.

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Resolución Exenta N° 908201001541
  • Ley N° 19.880
  • Artículo 21 del Código Tributario
  • Artículo 11 del Código Tributario
  • Ley de Impuesto a la Renta
  • Artículo 59 del Código Tributario
  • Circular N° 49

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