Resumen del criterio jurisprudencial
Atiende oficio N° 77.360, de 2021, del Prosecretario de la Cámara de Diputadas y Diputados. No procede condicionar el permiso temporal previsto en el artículo octavo transitorio de la ley N° 21.325 a una etapa de admisibilidad de la solicitud de regularización. No se advierte afectación de los derechos adquiridos por extranjeros, en los términos indicados.