Resumen del criterio jurisprudencial
El candidato a Consejero Regional por la Circunscripción Provincial Limarí, Óscar Alberto López Valdés, reclamó contra la Resolución N°G4258 del Director del Servicio Electoral que aprobó con observaciones su cuenta de ingresos y gastos electorales y ordenó la devolución de $461.051 al último aportante. El recurrente alegó que las observaciones N°2 y N°3 estaban subsanadas con facturas que adjuntó extemporáneamente. Sin embargo, el Tribunal Calificador de Elecciones constató que el candidato no evacuó respuesta dentro del plazo de diez días hábiles establecido en el artículo 49 de la Ley N°19.884, sino que lo hizo de forma manual y fuera de plazo. Al no justificarse fuerza mayor o impedimento alguno, se rechazó la reclamación, confirmando la resolución del Servicio Electoral.