El máximo tribunal acogió la casación de la Municipalidad de Osorno y dejó sin efecto e…
Resumen del criterio jurisprudencial
El máximo tribunal acogió la casación de la Municipalidad de Osorno y dejó sin efecto el fallo que había anulado la obligación tributaria. Estableció que, tras la modificación de la Ley de Rentas Municipales por la Ley N°21.210, las sociedades de inversión están expresamente sujetas al pago de patente comercial.
La Corte Suprema acogió la casación de la Municipalidad de Osorno y ordenó continuar la ejecución de cobro de patentes municipales contra una sociedad de inversión.Se estableció que, conforme a la modificación introducida por la Ley N°21.210, las sociedades de inversión están expresamente gravadas con el pago de patente comercial.La responsabilidad de los ejecutados (sociedad y representante legal) es simplemente conjunta y no solidaria, pues la ley no consagra solidaridad para este tributo.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.