Los choferes y auxiliares de la locomoción colectiva interurbana, de servicios interurb…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2012
Resumen
Los choferes y auxiliares de la locomoción colectiva interurbana, de servicios interurbanos de transporte de pasajeros y del que se desempeña a bordo de ferrocarriles, deben tener ocho horas de descanso continuo cada 24 horas. Reitera doctrina contenida en el Dictamen Nº 1268/71, de 07.03.1994. Deja sin efecto Ord. Nº4057, de 08.09.2006., del Departamento de Inspección.
Normas citadas
Código del Trabajo
Artículo 25 del Código del Trabajo
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.