Resumen del criterio jurisprudencial
Yesica Reyes dedujo recurso de protección contra Hidroeléctrica Roblería SpA por daños ambientales causados por la construcción de un acueducto en su predio, incluyendo erosión y destrucción de bosque nativo en 1,7 hectáreas. La recurrida alegó que el proyecto contaba con permisos y que el deslizamiento de material fue accidental. La Superintendencia de Medio Ambiente informó que el derrame afectó el Estero Nacimiento y que la Dirección General de Aguas ordenó la paralización de obras por posible elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La Corte Suprema analizó si el recurso de protección era la vía adecuada y consideró las medidas provisionales adoptadas por la autoridad. El tribunal confirmó la sentencia en alzada con modificaciones, pero no se explicitó el fallo final. Existe un voto disidente que sostiene que la jurisdicción cautelar no debe intervenir y debe remitir el asunto a la institucionalidad ambiental.