Resumen del criterio jurisprudencial
N° D345 Fecha: 07- I. Antecedentes Una persona bajo reserva de identidad denuncia que el señor Sebastián Vargas Olivari, funcionario del Departamento de Salud de la Municipalidad de Recoleta, habría sido clasificado en la categoría E -administrativos de salud- del artículo 5° de la ley N° 19.378, sin perjuicio de que realiza funciones propias de la categoría F, esto es, de auxiliar de salud. Añade, que aquel sería hijo de un funcionario del citado departamento de salud. Requerida al efecto, la citada entidad edilicia informó, en síntesis, que el señor Vargas Olivari se encuentra clasificado en la categoría C del citado artículo 5° de la ley N° 19.378, esto es, la correspondiente a técnico de nivel superior. Agrega que, a su juicio, el ordenamiento jurídico no exigiría que el pers