Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechaza el recurso de protección interpuesto contra el Servicio de Registro Civil e Identificación de Arica por negativa a otorgar certificado de nacimiento. El recurrente alegaba que poseía inscripción de nacimiento del año 1946 en la circunscripción de Chislluma y cédula de identidad vigente. Sostenía que la negativa era arbitraria e ilegal y vulneraba garantías constitucionales. El Servicio informó que existían inconsistencias en la identificación del solicitante respecto a la titularidad del registro de nacimiento. La Corte desestimó las pretensiones del demandante al no encontrar vulneración de derechos constitucionales que justificara la acción de protección.