Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Rancagua rechaza el recurso de protección deducido por la apoderada de un alumno de cuarto año básico en contra del Colegio El Salvador, que había resuelto la no renovación de matrícula para 2026 conforme a la Ley Aula Segura. La demandante alegaba que el establecimiento vulneró el derecho a la educación al no considerar diagnósticos médicos vigentes (TEA, ansiedad generalizada, trastorno conductual y TDAH) y al no implementar medidas de apoyo inclusivo. Sostenía además que el colegio cuestionó injustificadamente la validez del diagnóstico psiquiátrico y no realizó seguimiento formal respecto de inasistencias a aula de recursos. La Corte estimó que la revisión de normas de convivencia escolar e inclusión educativa excede el ámbito excepcional del recurso de protección, sin perjuicio de acciones administrativas u ordinarias que correspondan.