Resumen del criterio jurisprudencial
El 4° Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana certifica que no se interpusieron recursos procesales contra la sentencia interlocutoria de fecha 7 de septiembre de 2018, notificada según el artículo 131 bis del Código Tributario, y que el plazo para hacerlo se encuentra vencido.