Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema confirma sentencia de primer grado que condena al Hospital San Borja Arriarán y al médico Miguel Ruíz Tevah por responsabilidad patrimonial de derecho público. El caso se originó por el daño ocular sufrido por la demandante durante operaciones de desprendimiento de retina, causado por el uso de un insumo médico (perfluorocarbono líquido o Meroctane) en mal estado que derivó en ceguera del ojo derecho. La Corte establece el vínculo causal entre la falta de servicio y el daño, confirmando la avaluación de perjuicios realizada en primera instancia. Se condena solidariamente a los demandados al pago de indemnizaciones por daño moral y lucro cesante.