Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema confirma la sentencia apelada que constituye una servidumbre de ocupación en favor del demandante, dueño de la planta de beneficio de minerales 'Enriqueta', sobre el predio de los demandados. La servidumbre es transitoria según los artículos 121 y 124 del Código de Minería. La indemnización se fija en $7.010.461, equivalente al 65% del valor de tasación del predio sirviente, correspondiente al porcentaje efectivo de ocupación. El tribunal desestima la prueba pericial que asignaba un valor comercial distinto y las declaraciones de testigos de la demandada por ser subjetivas. La servidumbre cesará cuando termine el aprovechamiento minero. La decisión modifica el monto indemnizatorio fijado en primera instancia.