Resumen del criterio jurisprudencial
Estatutos internos de comités ético científicos previstos en la ley N° 20.120 no pueden disponer la aplicación de sanciones a los investigadores de los estudios respectivos. Esos cuerpos colegiados, en ejercicio de sus funciones, pueden dejar sin efecto informes favorables que hayan evacuado, de ser necesario para la protección de las personas que participan en la investigación.