Resumen del criterio jurisprudencial
El actor, Ramón Hernán Oyarzo Paredes, interpuso una acción de protección contra la COMPIN y la SUSESO por el rechazo de una licencia médica de 120 días a partir del 2 de mayo de 2025. El recurrente alegó que el no pago de la licencia lo perjudicaba como jefe de hogar y que sus dolencias eran reales, acompañando informes médicos y resonancias. La SUSESO alegó extemporaneidad del recurso y, en subsidio, improcedencia de la acción en materia de seguridad social, señalando que el actor contaba con 990 días de reposo autorizado y que la licencia no estaba justificada. La COMPIN informó que el recurrente tenía 1.110 días de reposo y que era procedente iniciar trámite de invalidez, ya que el reposo prolongado desvirtuaba la temporalidad de la licencia. La Corte consideró que las decisiones administrativas estaban suficientemente fundadas y que no existía arbitrariedad o ilegalidad. En consecuencia, rechazó la acción de protección, sin condena en costas.