Resumen del criterio jurisprudencial
El Servicio de Impuestos Internos (SII) denunció a ADUCOM S.A. por presentar declaraciones de IVA (Formulario 29) maliciosamente incompletas en los meses de abril, septiembre y diciembre de 2011, y enero, febrero, marzo, abril y junio de 2012, subdeclarando el débito fiscal. El SII sostuvo que la reiteración de las diferencias evidenciaba dolo. ADUCOM argumentó que las discrepancias se debieron a errores contables y que rectificó voluntariamente las declaraciones antes de la denuncia. El tribunal analizó el requisito de malicia del artículo 97 N° 4 del Código Tributario y concluyó que el SII no probó que la conducta fuera dolosa. La rectificación voluntaria y la falta de indicios de intención defraudatoria llevaron a desestimar la denuncia, condenando en costas al SII.