Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Calificador de Elecciones declaró inadmisible la reclamación presentada por Alexis Javier Zúñiga Jélvez, candidato a Diputado en las elecciones de 2025, contra la resolución N°G640 del Director del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos. La reclamación fue interpuesta el 15 de abril de 2026, pero la notificación de la resolución impugnada se realizó el 7 de abril de 2026. Conforme al artículo 75 N°10 de la Ley N°18.556, el plazo para reclamar era de cinco días hábiles, venciendo el 14 de abril de 2026. El reclamante alegó haber sido notificado el 8 de abril, pero dicha afirmación no tuvo respaldo en el expediente. Por lo tanto, la reclamación fue presentada de forma extemporánea. En virtud del artículo 9 del Auto Acordado sobre Funcionamiento y Tramitación de causas ante el Tribunal, se declaró inadmisible. La decisión fue unánime, sin votos disidentes.