Resumen del criterio jurisprudencial
Si el juez tributario y aduanero no ha adquirido la convicción que la parte denunciada haya actuado con el propósito específico de cometer o hacer posible la comisión de alguno de los delitos descritos en el artículo 97 n°4 del código tributario, corresponde rechazar el acta de denuncia levantada por el sii. en causa, la ilustrísima corte de apelaciones de santiago revocó la sentencia de primer grado.