Resumen del criterio jurisprudencial
Instruye plazo para designar prestador de salud GES, el objetivo de la presente circular es velar porque los beneficiarios que solicitan activar las GES, reciban una pronta y rápida información sobre el prestador de salud que les ha sido designado, a fin de acceder de forma oportuna a las atenciones GES. Modifica el Compendio de Beneficios. Las disposiciones de la presente circular entrarán en vigencia a partir del quinto día hábil siguiente a su notificación. Vigencia de la Circular IF/N°381 a contar del 31 de agosto de 2021, de acuerdo a Resolución Exenta IF/N°432, de 03.08.2021