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El Derecho de la Unión no regula las modalidades del ejercicio del derecho a resarcimie…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Derecho de la Unión no regula las modalidades del ejercicio del derecho a resarcimiento por los daños y perjuicios causados por una infracción del Derecho de la competencia. Por lo tanto, corresponde a cada Estado miembro regularlas, respetando, en particular, el principio de efectividad.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.