Resumen del criterio jurisprudencial
devuelve resolucion de la direccion general de aguas por la que se aprueban las bases para el remate de derechos de aprovechamiento, licitacion ordenada por existir tres solicitudes requiriendo aquellos por aguas superficiales de uso no/consuntivo, de ejercicio permanente y continuo sobre rio oro, tierra del fuego. ello, porque en ese rio no existe caudal permanente disponible para tales fines, por lo que, conforme art/141 inc/3 del codigo de aguas, la citada direccion debe denegar cada una de las tres solicitudes por separado. asi, las tres presentaciones no se interfieren entre si como se expresa en el acto examinado, ni puede entenderse que en este caso existe oposicion entre ellas, la que solo puede producirse entre dos o mas solicitudes que son legales y procedentes por si mismas. ade