Resumen del criterio jurisprudencial
Se trata de un proveído del Tribunal Constitucional de fecha doce de diciembre de dos mil veinticuatro, que da cuenta de una acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de una norma que exime a representantes legales del Banco Estado de la obligación de absolver posiciones en juicios en los que el banco intervenga. El tribunal ordena dar cuenta en la Segunda Sala y designa como Relatora a doña Mariza Ojeda Mansilla. El documento constituye un proveído de admisibilidad y tramitación del recurso ante el tribunal constitucional.