Administrativo

No procede que municipalidad pague feriado proporcional a exasistente de la educación.

Dictamen · Contraloría General de la República · 2022

Resumen

No procede que municipalidad pague feriado proporcional a exasistente de la educación. Municipio deberá enterar feriado compensatorio a recurrente en la medida que este cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 73 del Código del Trabajo.

Normas citadas

  • ley 21109 art/41 inc/1
  • ley 21109 art/cuarto tran inc/2 lt/b
  • ley 21109 art/41 inc/2
  • CTR art/73 inc/1
  • ley 19464 art/inc/1
  • CTR art/73 inc/2
  • CTR art/162
ContraloríaCGRdictamen

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