c) Que la donación no ceda en beneficio de una organización formada por personas que es…
Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2011
Resumen
c) Que la donación no ceda en beneficio de una organización formada por personas que estén relacionadas con el donante por vínculos patrimoniales o que, mayoritariamente, tengan vínculos de parentesco con el donante. Por su parte, la Ley N°19.885 que "Incentiva y Norma el B.U.D. que dan Origen a Beneficios Tributarios", aplicable también a las donaciones que contempla la Ley N°19.712, dispone en su artículo 11, que las instituciones que reciban donaciones que otorguen un beneficio tributario al donante, no podrán efectuar ninguna prestación en favor del donante, directa o indirectamente, en forma exclusiva, en condiciones especiales o exigiendo menos requisitos que los que exijan en general. Agrega que tampoco podrán efectuar dichas prestaciones en favor de los empleados
Normas citadas
Ley de Impuesto a la Renta
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a la Renta
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.