Resumen del criterio jurisprudencial
El legislador ha establecido en favor de los trabajadores sujetos a contratos por obra o faena determinada que hubieren estado vigentes un mes o más, un régimen especial de indemnización legal por tiempo servido en caso de que se ponga término a la respectiva relación laboral por aplicación de la causal prevista en el número 5° del artículo 159 del Código del Trabajo, esto es, "conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato", derecho que es incompatible con las acciones de despido injustificado, indebido o improcedente.