El trabajador D.A.M. fue despedido el 6 de diciembre de 2022 por la causal de inasisten…
Sentencia · Corte Suprema · 2026
Resumen
El trabajador D.A.M. fue despedido el 6 de diciembre de 2022 por la causal de inasistencias injustificadas por dos días seguidos según el artículo 160 N° 3 del Código del Trabajo. La demanda inicial fue rechazada en primera instancia, salvo en lo relativo al cobro de remuneraciones, diferencia de feriado legal y declaración de único empleador. El recurso de nulidad interpuesto por el trabajador fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Contra esta decisión, el trabajador dedujo recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema, solicitando determinar si la falta de asistencia al último día de la jornada laboral y al primer día de la siguiente semana constituye dos días seguidos para configurar la causal de despido. La Corte Suprema acogió el recurso de unificación de jurisprudencia y dictó sentencia de reemplazo, declarando el despido injustificado y condenando a las demandadas como empleador único al pago de indemnizaciones y remuneraciones adeudadas.
Normas citadas
Art. 160 N° 3 Código del Trabajo
Art. 19 Código Civil
Art. 48 inciso primero Código del Trabajo
Art. 172 Código del Trabajo
Art. 3 Código del Trabajo
Art. 63 Código del Trabajo
Art. 173 Código del Trabajo
Art. 461 Código del Trabajo
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